En el presente proyecto se ha incluido el pago compensatorio como forma de indemnizar a los propietarios de los terrenos por la implementación de medidas de gestión del hábitat adecuadas para el cernícalo primilla (acción C4) que conllevan unos cambios de usos y de gestión en dichos terrenos, por lo que se produce para el propietario una limitación en los aprovechamientos y, consecuentemente, un lucro cesante.
Tras los primeros resultados obtenidos sobre la caracterización del uso del hábitat por parte de la especie (acción A2), en 2018 se comenzará a contactar con los propietarios de los terrenos para explicarles el objetivo del proyecto, las medidas de gestión del hábitat que se quieren llevar a cabo, y cómo podrían colaborar en el mismo. De este modo, se pretende firmar los primeros acuerdos de colaboración y la puesta en práctica de las medidas previstas en la acción C4 (proyecto piloto de mejora de hábitat de alimentación) a lo largo de 2019, continuando su implementación hasta el final del proyecto (2020).
El cumplimiento de los requerimientos exigidos por la Comisión Europea para este tipo de actuaciones se realizará del siguiente modo:
1. Para la formalización del pago compensatorio se utilizará la forma de acuerdos de colaboración entre FOTEX y los propietarios u otros titulares de derecho de uso (arrendatarios o usufructuarios) de cada una de las fincas.
De acuerdo con la experiencia adquirida en proyectos LIFE previos de conservación, el establecimiento de un pago compensatorio mediante un acuerdo con los agricultores y ganaderos constituye el modo más efectivo de implicar y corresponsabilizar a éstos en la conservación y mejora del hábitat de alimentación de estas aves, teniendo en cuenta que dicha implicación es imprescindible para mantener unas condiciones adecuadas para el cernícalo primilla en el área del proyecto.
2. La aplicación del pago compensatorio se limitará a terrenos situados en áreas próximas a las ZEPA urbanas y de los dormideros post-nupciales de cernícalo primilla con el fin de recuperar y/o mejorar los hábitat de alimentación seleccionados preferentemente por la especie (acción C4).
Esta medida contribuye a la conservación de las ZEPA urbanas y al mantenimiento de la integridad de la Red Natura 2000 en Extremadura ya que contribuye a luchar contra una de las principales amenazas para la para el cernícalo primilla: la pérdida del hábitat de alimentación.
3. El acuerdo, instrumento que formalizará los pagos compensatorios, será firmado entre FOTEX y los propietarios o titulares de derechos de uso de las fincas, que serán todas ellas de titularidad privada (no contemplándose ningún convenio que incluya un pago compensatorio a ningún otro organismo público).
4. El pago compensatorio estará sujeto al cumplimiento de los objetivos establecidos y firmados en cada convenio, de modo que los agricultores y ganaderos se comprometerán a llevar a cabo y/o permitir en sus terrenos las medidas de mejora del hábitat previstas en la acción C4, que serán definidas con mayor precisión una vez escogidas las áreas de actuación de acuerdo con los resultados obtenidos en la acción A2 (Caracterización del Hábitat de Alimentación).
5. Se contemplan tres tipos de pagos compensatorios: para actuaciones sobre los cultivos de cereal de secano (con introducción de hojas de posío, retraso de la fecha de cosecha y empacado, duración del rastrojo, altura de corte), para pastizales de reserva excluidos temporalmente de pastoreo y para pastizales excluidos del tratamiento contra la langosta.
El cálculo de la cuantía para cada uno de estos tipos de pagos compensatorios realizará, tomando como referencia, según corresponda, bien los valores máximos establecidos por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, bien los precios medios establecidos por la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
6. Los acuerdos de colaboración estarán vigentes durante el periodo de ejecución del proyecto, siendo en este periodo en el que se materializarán los pagos compensatorios.
La medida de pagos compensatorios ajustados a la duración del proyecto se debe al carácter demostrativo de las medidas de gestión del hábitat contempladas en la acción piloto C4.
A la conclusión del proyecto, y una vez se demuestre la utilidad de las medidas de gestión del hábitat para la mejora del estado de conservación de la especie, se estudiará el modo de asegurar la continuidad a estas actuaciones con los propietarios de los terrenos a través las diferentes líneas de subvención que actualmente están vigentes o que puedan implementarse y/o regulándolas mediante normativa.
El marco de colaboración que se establecerá con estos acuerdos resultará muy positivo de cara a mantener en el tiempo una relación fluida y eficaz entre los propietarios y la Administración para mejorar el estado de conservación del cernícalo primilla en las ZEPA urbanas de Extremadura.
Responsables de la implementación: FOTEX